Ya va a hacer un año que entró en vigor la nueva ley de extranjería, desde entonces son muchas las personas extranjeras que se han beneficiado de los cambios que se incorporaron con la reforma aprobada en el Real Decreto 629/2022, de 26 de julio, por el que se modifica el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009, aprobado por el Real Decreto 557/2011, de 20 de abril.
La estancia de estudios con permiso de trabajo es una de las vías más utilizadas actualmente por los extranjeros para venir a España. A continuación explicaremos cuáles son las ventajas que tiene la nueva estancia de estudios:
- Antes de la última reforma las estancias de estudios solo se podían tramitar en las oficinas consulares del país de origen, ahora la estancia de estudios se puede tramitar en España estando como turistas, eso sí, debe iniciarse el procedimiento en los primeros 60 días, es decir 30 días antes de que venza el visado de turista.
- Aunque antes también se permitía compaginar la estancia de estudios con un contrato de trabajo de jornada parcial, para poderlo hacer se tenía que realizar un trámite previo y contar además con un contrato de trabajo. Ahora ya no es necesario, ya que la estancia de estudios otorga automáticamente un permiso de trabajo por cuenta ajena o propia, con la única condición de que la jornada laboral no sea superior a 30 horas semanales, para que no interfiera en los estudios.
Es importante aclarar que no todos los estudios son válidos para que concedan dicho permiso de trabajo con la estancia de estudios.
Si deseas más información sobre cómo solicitar una estancia de estudios, no dudes en escribirnos o llamarnos, te ofreceremos toda la asesoría necesaria.